Normativa jamones ibéricos

  • Normativa jamones ibéricos

    Normativa jamón ibérico:
    Después de muchos retrasos, reuniones y estudios, al final se ha llegado donde se pretendía llegar: el Consejo de Ministros acaba de aprobar el Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomos ibéricos.  Esta nueva legislación sustituye a la anterior –que tantas críticas suscitó desde todas las esquinas del sector- nace con la idea de que mejore la información al consumidor en el etiquetado y presentación. Además, al proponer un mayor nivel de calidad y control, se pretende que las menciones que aparezcan en las etiquetas correspondan a los productos de los que van colgadas.
    En lo relativo a la comercialización de los productos, la nueva normativa incide especialmente en que mejore la información que el consumidor encuentra en el etiquetado del producto ibérico que acaba de comprar. Y es que la etiqueta debe incluir la denominación de venta del producto. Para conseguir este objetivo se ha optado por simplificar la clasificación del jamón, pasando de las cuatro opciones anteriores (esto es: de bellota o montanera, de recebo, de cebo de campo y de cebo) a tres: de bellota, de cebo de campo y de cebo, eliminándose la designación recebo.
    Más novedades. En el etiquetado se establece la obligatoriedad de indicar el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate de animales 100% ibérico, y en lugar destacado de la misma en los demás casos. La norma limita la utilización en publicidad y etiquetado de términos que puedan inducir a error al consumidor. Así, se reserva, exclusivamente para la designación de bellota, los nombres, logotipos, imágenes, símbolos, o menciones facultativas que evoquen o hagan alusión a algún aspecto relacionado o referido con la bellota o la dehesa. De esta forma, el ‘pata negra‘ sólo se podrá utilizar en los jamones y paletas de bellota 100% ibéricos.
    Etiquetado jamón ibérico: PRECINTOS
    Os presentamos los nuevos colores de precintos:
    Precinto negro: Jamón de Bellota 100% Ibérico
    Negro, para el Jamón de Bellota 100% Ibérico (jamones que proceden de cerdos 100% Ibéricos criados en libertad en las dehesas y alimentados durante su última fase de engorde de pastos naturales, hierbas aromáticas y bellotas).
    Precinto rojo: Jamón de Bellota Ibérico
    Rojo, para el Jamón de Bellota Ibérico (jamones que proceden de cerdos cruzados por lo que no son 100% ibéricos, criados en libertad en las dehesas y alimentados durante su última fase de engorde de pastos naturales, hierbas aromáticas y bellotas).
    Precinto verde: Jamón de Cebo de Campo
    Verde, para el Jamón de Cebo de Campo Ibérico (jamones que proceden de cerdos alimentados de piensos y que pueden ser complementados de pastos naturales). Podemos encontrarlos 100% ibéricos, ibéricos del 75% e ibéricos del 50%.
    Precinto blanco: Jamón de Cebo
    Blanco, para el Jamón de Cebo Ibérico (jamones que proceden de cerdos  alimentados con piensos compuestos por cereales y legumbres y criados en establos o cebaderos, en régimen intensivo. Podemos encontrarlos 100% ibéricos, ibéricos del 75% e ibéricos del 50%.
    Tanto en las piezas de color rojo, verde o blanco los comercializadores deberán especificar el porcentaje de raza ibérica que contiene el producto, que será al menos, ibérico en un 50%.
    Nueve tipologías de jamón ibérico:

    Otra mejora asociada a la nueva normativa es que se van reforzar los sistemas de control. Para conseguirlo, se va a establecer un mayor rigor y control en los pesos de los canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración. También, se va a mejorar la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.
    También se limitará el número de cerdos por hectárea de dehesa en función de la superficie arbolada cubierta con un rango de 0,25 a 1,25 cerdos por hectárea. Se exigirá una mayor superficie mínima para la crianza en cebaderos con dos metros cuadrados como mínimo para animales de más 110 kilogramos.
    Los términos Dehesa” y “Montanera, solo se podrán usar en el etiquetado de los productos “de bellota” independientemente de la pureza de la raza. Nunca en los “de cebo de campo” o “cebo”.
    Las imágenes, símbolos o nombres relacionados con la bellota o la dehesa quedan reservados a la designación “de bellota”.
    A partir de ahora se prohíbe el uso de los términos “recebo” e “ibérico puro” en el etiquetado del producto.
    En definitiva, la nueva reglamentación quiere contribuir al mantenimiento de la cabaña ibérica, fundamento de los productos ibéricos. Así mismo, los cambios introducidos pretenden asegurar el mantenimiento de la raza y de la propia dehesa, que, como bien se sabe, requiere de un aprovechamiento adecuado para su mantenimiento.
    Las nuevas disposiciones promoverán un modelo productivo que mejore el actual, donde una sobreproducción ha conducido a una grave crisis del sector, con unas caídas muy importantes en ventas y un hundimiento de los precios de las piezas, que han puesto en riesgo la pervivencia de muchas explotaciones e industrias.
    Os dejamos una Infografía donde explicamos de forma sencilla la nueva clasificación del jamón en función de la nueva norma del jamón ibérico:
    Infografía sobre la norma del jamón ibérico:
    Nueva normativa jamón ibérico, infografía
    La norma de calidad del jamón ibérico supone una firme apuesta por la mejora de la información al consumidor, al incrementar la transparencia sobre las características del producto comercializado para que el consumidor pueda decidir, en mejores condiciones, el tipo de producto que le interesa comprar.
    El productor podrá elegir entre estas dos opciones para la puesta en marcha del nuevo etiquetado:
    – Continuar comercializando los productos hasta fin de existencias, según los requisitos de la norma antigua.
    – Se aplicarán las denominaciones y etiquetas (bridas) de la nueva norma en todos los productos que se comercialicen, a partir del 1 de marzo de 2014.
    En cuanto a la adaptación de las nuevas características en cuanto a la raza: 2 años para la adaptación de los reproductores preexistentes. Por último, la adaptación en explotaciones de cebo, tienen 3 años para adaptase a las nuevas densidades.

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